QuePasaCOLIMA.-
Valentín Cárdenas Lerma, ex director del penal de máxima seguridad del
Altiplano, en el Estado de México, acusado por la Procuraduría General de la
República de la fuga del capo Joaquín El Chapo Guzmán, recuperó su libertad y
abandonó el penal federal de El Rincón, en Tepic, Nayarit.
El
pasado jueves un Tribunal federal ratificó por unanimidad el amparo otorgado a
Cárdenas Lerma, que obligaba a revocar el auto de formal prisión dictado en su
contra y dictar un nuevo auto de libertad por falta de elementos para procesar.
Los
abogados Alberto del Río Azuara y Jesús Moreno de Leija, confirmaron a MILENIO
la liberación del ex servidor público, quien al salir del penal se reunió con
su esposa e hijos.
Cárdenas
permaneció en prisión preventiva durante poco más de tres años, procesado por
evasión de preso ocurrida el 11 de julio de 2015, caso por el que siguen presos
elementos de la Policía Federal.
El
magistrado del Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, en Toluca, revocó
el auto de formal prisión dictado en la causa penal 55/2015, que actualmente se
instruye bajo el número 23/2018 en el juzgado Segundo de Distrito de la misma
especialidad y residencia, y decretó auto de libertad, por falta de elementos
para procesar, a favor de Cárdenas Lerma.
De
esta manera, se dio cumplimiento a la sentencia del amparo liso y llano que
protegió a Valentín el 29 de junio de este año, amparo confirmado en sus
términos el 23 de noviembre por sentencia del Segundo Tribunal Colegiado en
Materia Penal del mismo circuito judicial.
En
el considerando tercero del auto de libertad, el magistrado apuntó que “en
estricto apego a los lineamientos establecidos por la magistrada del Sexto
Tribunal Unitario del Segundo Circuito y conforme a las consideraciones
plasmadas en la sentencia con que resolvió el juicio de amparo indirecto
23/2018, este órgano de apelación responsable se encuentra obligado a calificar
de fundados algunos de los agravios formulados por el defensor particular del
procesado...” agregando que la magistrada “..actuando como órgano de amparo,
consideró que no existen datos suficientes para estimar que las omisiones
atribuidas al apelante fueron favorecedoras de la sustracción del interno..”
Dado
que, a la fecha, son todavía procesadas varias personas en la misma causa
penal, la defensa se abstuvo de emitir pronunciamientos adicionales.
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