La Secretaría del Trabajo y
Previsión Social informó que sin excepción todos los trabajadores de base, confianza,
sindicalizados, eventuales, comisionistas, vendedores y semejantes deberán de
recibir a más tardar el 20 de diciembre el pago del aguinaldo
QuePasaCOLIMA.-
Hasta con 403 mil pesos pesos podrían
ser sancionados los patrones que no realicen el pago del aguinaldo a sus
trabajadores, advirtió la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que
está a cargo de Luisa María Alcalde.
De
acuerdo con información de la dependencia, sin excepción todos los trabajadores
de base, confianza, sindicalizados, eventuales, comisionistas, vendedores y semejantes
deberán de recibir a más tardar el 20 de diciembre el pago del aguinaldo, y
cuyo monto mínimo es equivalente a 15 días de salario.
Detalló
que los empleadores deben pagarlo en efectivo, o a través de medios
electrónicos y no está permitido hacerlo por medio de mercancías, vales o
cualquier otro signo representativo que sustituya la moneda.
“Los
patrones se encuentran obligados a cubrir este pago que deben recibir todas y
todos los empleados, sin importar si son trabajadores de base, confianza, sindicalizados,
contratados por obra o tiempo determinado, entre otros. Todos tienen derecho al
aguinaldo. Es un derecho irrenunciable y, bajo ninguna circunstancia, el patrón
puede argumentar problemas para no pagarlo o reducir el importe del mismo”,
subrayó la dependencia.
Aquellas
personas trabajadoras que no tienen un contrato firmado o son eventuales,
también tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo, ya que la existencia de
un contrato, o de una relación de trabajo, se presume desde el momento en el
que existe alguien que presta un trabajo personal y alguien que lo recibe.
El
incumplimiento de forma completa o tardía, los patrones pueden hacerse
acreedores a una multa, de conformidad con lo establecido en el artículo 1002
de la Ley Federal del Trabajo; es decir, una sanción de 50 a 5 mil veces el
valor de las Unidades de Medida y Actualización que va desde los 4 mil 030
hasta los 403 mil pesos.
“Existen
instancias de gobierno que protegen los derechos laborales de las y los
mexicanos. Para el caso en que no se pague el aguinaldo o se pague incompleto,
o extemporáneo, las y los trabajadores pueden presentar su reclamo ante la
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, cuentan con el plazo de un
año”.
La
Procuraduría General de la Defensa del Trabajo (Profedet), aseguró que los
trabajadores tienen un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago
de su aguinaldo, además presentó la campaña “Profedet defiende el pago de tu
aguinaldo”, la cual se difundirá a nivel nacional y con la que se espera
alcanzar más de 200 mil impactos.
Para
quienes requieran servicios gratuitos de asesoría y orientación con relación a
la fecha o monto del aguinaldo, la Procuraduría Federal de la Defensa del
Trabajo pone a disposición los teléfonos 01 800 7172 942 y 01 800 9117 877 para
toda la República Mexicana.
Según
un estudio del Centro de Análisis Multidisciplinario de la Facultad de Economía
de la UNAM para este fin de año los asalariados destinarán 42% de su aguinaldo
a cubrir deudas, 28% para alimentos y el 30% restante al pago de servicios,
ropa y calzado.
Mientras
que el Congreso del Trabajo destacó que el aguinaldo que reciban los
trabajadores sólo les va alcanzar para pagar deudas e impuestos ya que en la
actualidad, un bajo porcentaje de esa prestación se destina a ropa y calzado.

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