Lideran 5 estados indagatorias por interrupción de
embarazo; en 19 entidades ley protege la vida desde la concepción
QuePasaCOLIMA.- En cuatro
años se han abierto al menos 2 mil 184 carpetas de investigación por el delito
de aborto en el país. De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), más de 500 casos de este tipo
han presentado por año; en el primer mes del 2018 fueron 49.
En un mapeo
estado por estado, es posible acotar que las entidades que concentran mayor
cantidad de investigaciones por la interrupción ilegal del embarazo son Ciudad
de México, con 451; Baja California, con 237; Estado de México, con 210; Nuevo
León, con 174 y Tamaulipas, con 140.
A éstos le
siguen Guanajuato, con 108; Veracruz y Jalisco, con 100; Chiapas, con 69;
Hidalgo, con 62; Morelos, con 55 y Oaxaca, con 49.
Por otro
lado, las entidades donde se registró menor incidencia fueron Campeche y
Colima, con cinco; Zacatecas, ocho; Tabasco, con nueve; Tlaxacala, con 12 y
Durango, 14.
Además, de
acuerdo con estos datos, de enero de 2015 al mismo mes de 2019 sólo Nayarit no
ha reportado ninguna investigación por el presunto delito de aborto.
Sobre el
sexo de quienes han sido y están siendo investigados por este ilícito no hay
datos públicos que lo especifiquen. Aunque el SESNSP tiene un informe con
perspectiva de género —que concentra el número víctimas e inculpadas del sexo
femenino por algunos delitos—, el aborto no está incluido. De manera abierta no
se sabe cuántas mujeres han sido culpadas por interrumpir su embarazo.
En este
sentido, la licenciada María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Área
de Violencia de Género y Derechos Humanos de la organización Católicas por el
Derecho a Decidir México, explica que son las mujeres a quienes más se
incrimina por practicarse un aborto.
“A ellas
luego luego las agarran, las llevan al Ministerio Público, tienen que pagar
multa y ver qué procede, porque la legislación en cada estado es diferente
(...) Existen causales para que la mujer pueda interrumpir su embarazo sin ser
incriminada, pero muchas veces eso no sucede en la práctica”, indica la
activista.
Leyes
antiaborto. A la fecha, con la reciente aprobación de una reforma de ley en
Nuevo León, suman 19 los estados que han hecho modificaciones a su constitución
local para proteger la vida desde la concepción.
Con la
reciente reforma, el artículo primero de la Carta Magna de Nuevo León asienta
que “desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la ley y se
le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes”.
Las otras
entidades que han promovido estas leyes para penalizar la interrupción del
embarazo son BC, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco,
Morelos, Nayarit.
Asimismo,
Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas,
Veracruz y Yucatán. La mayoría de estas modificaciones a la ley fueron
aprobadas por los congresos locales entre 2009 y 2016.
En este
sentido, Estrada Mendoza indica que estas leyes representan un grave retroceso,
“sobre todo cuando hay recomendaciones que han dado mecanismos internacionales
que son vinculatorios (...) y que han hecho nota a los gobiernos de que estas
leyes restrictivas lo único que hacen es dejar a las mujeres en desprotección”.
Causales sin
causa. Sin embargo, para que una mujer sea incriminada por el presunto delito
de aborto, no hace falta que viva en un estado donde la Constitución proteja la
vida desde la concepción.
En los
códigos penales de las 32 entidades federativas el aborto doloso —intencional—
es considerado ilegal, esto se determina en base a diversas causales, que
pueden evitar o no que las mujeres, y quienes les practican el aborto, sean
penalizados.
Hasta ahora,
todas las entidades no consideran al aborto como delito si la madre fue víctima
de violación y se lo practica antes de las 12 semanas de gestación. Además, 29
no lo penalizan si se trata de una situación espontánea; 23 si hay riesgo de
muerte y 16 si el producto tiene una alteración genética.
En tanto, 15
estados consideran como causal si el embarazo fue producto de una inseminación
no consentida; 14 si la salud de la madre peligra y dos si la situación
económica es un impedimento. Sólo la Ciudad de México ha despenalizado el
aborto voluntario antes de los tres meses de embarazo.
Dependiendo
del estado, las penas por aborto van de los dos meses a los cinco años de
prisión, también hay penas económicas por hasta 216 días de salario mínimo y en
algunos estados las condenas incluyen trabajo comunitario o “tratamientos
médicos”.
Por ejemplo,
en el Código Penal de Tamaulipas se establece que el “tratamiento” tendrá como
objeto “reafirmar los valores humanos por la maternidad ayudando al
fortalecimiento de la familia”.
Pese a lo
establecido en la ley, advierte la activista María de la Luz Estrada, en la
práctica las cosas son diferentes, ya que las mujeres deben enfrentar procesos
donde las revictimizan y quienes las atienden no tienen un protocolo con
perspectiva de género. También deben enfrentarse a los prejuicios de oficiales
y médicos.
“En las
comunidades indígenas, por ejemplo, sucede que las niñas son violadas, pero los
médicos que las revisan no les dan las causales, temen perder sus cédula”,
indica la especialista.
Además, la
misma ley restrictiva y cargada de prejuicios. Por ejemplo, en Yucatán se
permite la interrupción del embarazo si la madre no tiene recursos económicos
suficientes, pero “siempre que la mujer embarazada tenga ya cuando menos tres
hijos”.
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